Guías ·
Qué hacer si detienen a un familiar en Córdoba
Las primeras horas cuentan. Acá va cómo ubicarlo, qué plazos corren desde que lo aprehenden y qué hace un abogado al principio. Si no hay plata, lo defiende gratis el Asesor Letrado.
Si detienen a un familiar en Córdoba, la policía tiene que presentarlo de inmediato ante la justicia y el fiscal debe tomarle declaración dentro de las 24 horas, prorrogables otras 24. Tiene derecho a no declarar y a un abogado. Cualquier familiar puede proponerle uno; si no, lo defiende gratis el Asesor Letrado.
Esta guía sigue el Código Procesal Penal de Córdoba (Ley 8123) y habla de la justicia provincial. Qué más hace un defensor y cuánto cobra está en la página de abogado penalista en Córdoba. Antes de llamar a nadie, juntá el nombre completo y el DNI de la persona detenida, y averiguá dónde y cuándo la detuvieron. Te lo van a preguntar en todos lados.
Cómo saber dónde está
Las personas aprehendidas por la Policía de Córdoba por un delito quedan alojadas en la Unidad de Contención del Aprehendido (UCA), a cargo del Servicio Penitenciario, hasta que la justicia define su situación. Según el Poder Judicial, en 2024 la UCA funcionaba en el Centro de Admisiones del Complejo Carcelario N.° 1 y en un anexo del Complejo Esperanza.
Para ubicarlo y saber qué fiscalía tiene la causa, preguntá acá:
- La Unidad Judicial de la zona donde lo detuvieron. Las Unidades Judiciales de Córdoba atienden las 24 horas.
- La Unidad Fiscal de Flagrancia, si lo detuvieron en el momento del hecho. Funciona desde marzo de 2026 con dos sedes: Sur, en Laprida 731 (barrio Observatorio), y Norte, en Guayaquil 1210 (barrio Residencial América). Los casos con menores aprehendidos van a la sede Norte.
- El abogado, que puede averiguarlo en la fiscalía y pedir el expediente.
Fuente: Servicio Penitenciario de Córdoba, dependencias, Establecimiento N.° 9, Unidad de Contención del Aprehendido.
Fuente: Poder Judicial de Córdoba, Unidad de la Defensa Pública Móvil, julio de 2024.
Fuente: Ministerio Público Fiscal de Córdoba, Unidad Fiscal de Flagrancia.
Cuánto tiempo pueden tenerlo sin declarar
El Código Procesal Penal fija estos plazos y derechos desde el momento de la aprehensión:
- Presentación inmediata. La policía tiene que llevarlo enseguida ante la autoridad judicial. Si se demora, un familiar o amigo puede pedírselo al juez, aun por teléfono; desde ese pedido, no más de 6 horas.
- Declaración en 24 horas. El fiscal tiene que tomarle declaración como imputado dentro de las 24 horas desde que queda a su disposición. Se puede prorrogar otras 24 si no se pudo hacer o si él lo pide para elegir abogado.
- Incomunicación, 2 días como máximo. Solo la puede ordenar un tribunal y con motivos. Aun incomunicado, puede hablar con su abogado antes de declarar.
- Cinco días para el pedido de preventiva. Desde la declaración, el fiscal tiene 5 días para pedir una audiencia de prisión preventiva. Si no la pide, recupera la libertad.
Desde el primer momento tiene los derechos de un imputado: que le digan de qué se lo acusa, elegir abogado y negarse a declarar. No se le toma juramento ni se lo puede presionar. Si lo presionan, la declaración es nula.
Antes de declarar, puede hablar con su abogado
Tiene derecho a hablar con su defensor antes de declarar, aunque esté incomunicado. Si todavía no hay abogado particular, puede pedir que lo asista el Asesor Letrado en ese momento.
Fuente: Código Procesal Penal de Córdoba, Ley 8123, arts. 80, 118, 259, 273, 278, 306 y 336.
Qué hace el abogado en las primeras horas
- Acepta el cargo y lo ve. Si lo propone un familiar, al detenido lo llevan ante el juez para que ratifique la elección. Después el abogado habla con él antes de la declaración.
- Revisa la detención. Si el delito solo admitía una citación, si la detención fue ilegal o si no hay mérito para la prisión preventiva, pide la libertad sin más trámite.
- Se prepara para la audiencia de preventiva. La defensa tiene 48 horas para oponerse a que sea oral, y la audiencia se hace dentro de los 5 días del pedido. Ahí se discute si hay riesgo de fuga o de entorpecer la investigación.
- Evalúa un juicio abreviado inicial si el caso es de flagrancia, y le explica qué significa aceptar los hechos antes de decidir.
- Pide el cese de prisión más adelante si cambian las circunstancias. En Córdoba es lo que se conoce como excarcelación.
El Código Arancelario fija para la defensa penal sin monto en juego entre 20 y 150 JUS ($976.460 a $7.323.453 en septiembre de 2026). Los demás montos están en honorarios de abogados en Córdoba.
Si no hay plata para un abogado: el Asesor Letrado
El Asesor Letrado es el defensor oficial de Córdoba. Si el detenido no elige un abogado de confianza, el fiscal o el tribunal se lo nombran, y la policía o el juez tienen que avisarle de ese derecho en la primera oportunidad. Es gratis: la ley de asistencia gratuita prevé que quien mejora su situación económica pague honorarios después, pero exceptúa las causas penales.
Desde 2024 también funciona la Unidad de la Defensa Pública Móvil. Visita la UCA para que el aprehendido tenga contacto temprano con su defensor y pueda comunicarse con su familia. La visita también sirve para que acceda a atención de salud y recupere las pertenencias que le retuvieron. Más opciones en abogados gratis en Córdoba.
Fuente: Ley 7982 de Asistencia Jurídica Gratuita de Córdoba, arts. 15 y 33 a 35.
Información general, revisada el 19 de septiembre de 2026. No reemplaza el consejo de un abogado sobre tu caso.